El Observatorio del Derecho a la Educación y la Justicia (ODEJ) es una plataforma para el pronunciamiento público, impulsado por el Campo Estratégico en Modelos y Políticas Educativas del Sistema Universitario Jesuita (SUJ). Su propósito consiste en la construcción de un espacio de análisis informado y de posicionamiento crítico de las políticas y las reformas educativas en México y América Latina, arraigado en la realidad social acerca de las injusticias del sistema educativo, y recuperar temas coyunturales y estructurales en relación con la agenda educativa vigente
Juan Galindo Flores
Sistema Estatal de Telesecundaria
Red Temática de Investigación de Educación Rural
galindo_flores@hotmail.com
Antecedentes
La telesecundaria se establece en Durango mediante un convenio celebrado entre la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el Gobierno del Estado el 22 de septiembre de 1981. Desde sus inicios en la entidad, formó parte del sistema educativo estatal, pero no de la Secretaría de Educación del Estado. La dependencia responsable de la operación de los servicios se denominó Sistema Estatal de Telesecundaria (SETEL), nombre que conserva en la actualidad. La SEP asumió la responsabilidad de proporcionar los recursos financieros para la contratación de los maestros.
El 18 de noviembre de 1993 el gobierno del estado expide un decreto administrativo que crea el Sistema Estatal de Telesecundaria. En su artículo 1° señala que dicho Sistema se crea como organismo público descentralizado. Con la figura jurídica de organismo público descentralizado se fortalece su independencia.
El Sindicato Estatal del Magisterio al Servicio de Telesecundaria Durango (SEMST) se había constituido el 30 de abril de 1987; ese mismo año obtuvo su registro en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje como sindicato burocrático (Apartado B del artículo 123).
Con fundamento en lo estipulado por el decreto de creación del SETEL y una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobada en febrero de 1996 (1/96), en el mes de septiembre de 1996, el SEMST solicitó su registro como sindicato de Apartado A). Como la Junta Local de Conciliación y Arbitraje negó el registro, el SEMST acudió a las distintas instancias del Poder Judicial hasta llegar a la SCJN.
En sesión del 27 de noviembre de 1998, la SCJN concedió el amparo y justicia de la Unión al SEMST. El resolutivo tuvo alcances inesperados tanto para las autoridades como para el personal sindicalizado. Ordenaba a la Junta de Conciliación y Arbitraje a otorgar el registro como sindicato de Apartado A), ratificaba la inclusión del SETEL en el sistema educativo estatal, pero sin formar parte de la Secretaría de Educación del Estado y, una vez cubiertas las formas legales, otorgaba a los trabajadores el derecho a la contratación colectiva.
El SEMST obtuvo en 1999 su segundo registro, esta vez como sindicato de Apartado A). El 5 de junio de 2001, los titulares del SETEL y del SEMST firmaron el contrato colectivo de trabajo. La correlación de fuerzas cambió, era temprano aún para saber cómo impactaría al servicio.
El reto de la calidad
En la década de los noventa, la telesecundaria en Durango registró un importante crecimiento en cuanto a cobertura. El problema, la baja población escolar de un buen número de comunidades, combinada con factores como la migración o el desplazamiento la condicionarían, en el corto plazo, a incrementar el número de escuelas multigrado.
La cobertura dejaba de ser un problema, pero surgía otro, brindar un servicio de calidad en una dependencia con un alto porcentaje de escuelas multigrado. En el presente ciclo escolar (2023-2024), 70% de escuelas telesecundarias en el estado son multigrado.
En 2022, el Instituto de Evaluación de Políticas Públicas del Estado de Durango (INEVAP) evaluó el servicio educativo de telesecundaria. Entre otros aspectos, el INEVAP consideró el desempeño académico de los estudiantes y los recursos federales y estatales ejercidos por el SETEL para su funcionamiento.
Para evaluar el desempeño de los aprendizajes de los alumnos de telesecundaria, el INEVAP tomó los resultados de la aplicación de los instrumentos de evaluación diagnóstica de Mejoredu. Los instrumentos se aplicaron a una muestra de 1611 estudiantes de 25 escuelas. En los tres grados los estudiantes de telesecundaria registraron un promedio bajo. Sólo en matemáticas de segundo grado estuvieron ligeramente arriba de sus pares de secundaria general pública, en el resto de las pruebas quedaron en último lugar.
Resultados de la evaluación diagnóstica según el tipo de secundaria (2022)Puntos | ||||||||
Tipo de secundaria | Promedio en lectura | Promedio en matemáticas | ||||||
1º | 2º | 3º | 1º | 2º | 3º | |||
General pública | 41.3 | 41.8 | 45.1 | 36.2 | 32.6 | 32.2 | ||
Privada | 52.4 | 53.1 | 56.9 | 48.8 | 42.6 | 40.6 | ||
Técnica | 44.8 | 46.1 | 48.6 | 40.3 | 36.0 | 35.2 | ||
Telesecundaria | 36.0 | 37.5 | 39.4 | 33.0 | 32.7 | 31.5 | ||
Fuente: elaboración propia con información de la evaluación del INEVAP |
El desafío no es sencillo, superar la situación implica cambios estructurales y organizacionales. La batalla por la calidad de la educación se libra, principalmente, en las aulas; en teoría, el personal que trabaja fuera de los salones de clase debe enfocar su actividad en coadyuvar el trabajo del personal frente a grupo, pero no siempre es así. La situación demanda de todas las figuras educativas una seria autoevaluación y una autocrítica constructiva y propositiva.
Un factor determinante es el tiempo efectivo de clases, el primer paso debe ser aumentar la permanencia de los maestros en las escuelas. Para lograr lo anterior, se requiere una profunda revisión de las principales causas de las ausencias de las escuelas: personales, oficiales y sindicales. Las ausencias por temas personales de los docentes están debidamente normadas, las oficiales y las sindicales están sujetas a los criterios de la autoridad.
Contra toda lógica, son la parte oficial y la sindical quienes ocasionan el mayor número de ausencias de los docentes. En el primer caso, es necesaria una evaluación del tiempo y la forma en que se realizan los trámites administrativos y, en el segundo, es urgente regular las ausencias por asambleas delegacionales, congresos, posadas, festejos, elecciones, o simplemente por las llamadas “comisiones sindicales” que pueden durar días, semanas y hasta meses.
Los recursos de negociación de un sindicato de Apartado A) son distintos de los de uno burocrático (Apartado B); como el margen de libertad es mayor, con frecuencia se incurre en excesos. Con este esquema de negociación existe el riesgo latente de algunas prácticas nocivas en la administración pública: acordar la creación de plazas para distribuirlas de manera discrecional, flexibilizar la norma para favorecer a unos cuantos y evitar sanciones por dejar de cumplir con sus funciones. Siempre dependerá de la autoridad establecer un límite, su interés primordial es la educación de los estudiantes, ser cómplice de malas prácticas es atentar contra su razón de ser.
El reto del ahorro: la federalización de la nómina
Desde hace algunos años, el gobierno del estado de Durango ha realizado diversas gestiones para que la federación se haga cargo de la totalidad de la nómina. El argumento es la pesada carga que representa para las finanzas estatales cubrir la parte que le corresponde. En 2022, según datos del INEVAP, el pago de servicios personales de educación telesecundaria representó un gasto, para los gobiernos federal y estatal, de 1 054 millones de pesos, de esta cantidad, 473 millones fueron transferencias efectuadas por el gobierno del estado.
Al respecto, surgen algunas interrogantes: ¿por qué se engrosó la nómina?, ¿todo se hizo con apego a la norma?, ¿se han detectado irregularidades? Si el problema no es reciente, ¿por qué no se corrigió?, ¿por qué debe asumir el costo el gobierno federal? Las preguntas son relevantes: a) al inscribirse en los resultados de los estudiantes; b) se cuestionan las ventajas de la independencia administrativa y operativa del SETEL; c) el papel adquirido por las dirigencias sindicales, sobre todo a partir de la firma del contrato colectivo de trabajo.
Nadie cuestiona al gobierno del estado por buscar ahorros, está en todo su derecho y es entendible; además, una eventual federalización de la nómina no afecta las prestaciones de los trabajadores. La incógnita es si con esa medida mejorará el servicio, porque si todo sigue igual, entonces, la lógica sería sólo financiera y no educativa y, tristemente, todo seguiría igual.
La encrucijada
Telesecundaria Durango tiene un problema con la calidad del servicio que ofrece. Para resolverlo necesita cambiar, no puede seguir igual. Lo más importante, ese cambio debe tener como centro a las escuelas, a los maestros que trabajan en ellas y a los alumnos. La responsabilidad no es sólo de los docentes frente a grupo, la estructura administrativa responsable de la operación de servicio tampoco sale bien librada, es evidente que debe cambiar, y mucho.
Es conveniente evaluar el rol del sindicato y determinar si contribuye a las soluciones o a los problemas. Es válida la defensa de los derechos de los trabajadores, pero esa defensa debe hacerse sin afectar los derechos de los estudiantes a una educación de calidad.
Una opción es la incorporación del SETEL a la Secretaría de Educación del Estado de Durango, el detalle, esta vía requiere una revisión por posibles implicaciones legales por el resolutivo de la SCJN pues, al concederse el amparo, los trabajadores adquirieron el derecho a la contratación colectiva, derecho que se perdería al desaparecer la condición de organismo público descentralizado. La otra alternativa, como se mencionó anteriormente, es la reestructuración del SETEL y reorientar su funcionamiento en torno a las escuelas, sobre todo, a las multigrado.
Cualquiera que sea la decisión no será fácil, quizá tampoco sea del agrado de algunos, pero es necesario tomarla. Probablemente haya personas que encuentren beneficios en este esquema de trabajo y se resistan al cambio, pero es seguro que los grandes perdedores han sido los estudiantes y la autoridad no debe ser omisa ante esta situación, es hora de actuar.
Referencias
Gobierno del Estado de Durango (1981). Convenio para el establecimiento de Telesecundaria en el estado de Durango [Manuscrito].
Instituto de Evaluación de Políticas Públicas del Estado de Durango (2023). Evaluación Específica del Programa de Fortalecimiento de la Educación Telesecundaria del Sistema Estatal de Telesecundaria. Programa Anual de Evaluación 2023.
Periódico Oficial del Estado de Durango (1993). Decreto administrativo que crea el Sistema Estatal de Telesecundarias. Fecha: 18 de noviembre de 1993
Suprema Corte de Justicia de la Nación (1998). Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para obtener el registro sindical en el apartado A). AMPARO EN REVISIÓN 2425/97.