La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el total de amparos, 26, presentados por docentes en contra de la reforma educativa y algunas de sus disposiciones especificas.
A lo largo de varias jornadas, la SCJN discutió los amparos que fueron agrupados en bloques, de acuerdo a las disposiciones que impugnaban, las y los ministros determinaron que la evaluación docente no viola los derechos de estabilidad laboral, de libertad de trabajo, dignidad, nivel de vida adecuado, ni el principio de progresividad.
Del mismo modo determinaron que no se agravia ninguno derecho de los maestros, ni la garantía de audiencia, al preverse su separación por no aprobar las evaluaciones o que sean destituidos si acumulan tres faltas en 30 días.
Se reiteró el derecho que tienen las y los docentes de impugnar los resultados de la evaluación, vía amparo o juicios administrativos, cuando, a su juicio, haya fallas.
Luis María Aguilar, Ministro Presidente de la SCJN informó que “los quejosos presentaron un escrito solicitando se atrajeran algunos otros asuntos en los que señalaron que podían haber temas que no están todavía analizados”.
La respuesta de la corte fue solicitar “a los tribunales que nos manden asuntos en los que consideren esto, se hará el análisis correspondiente y si en efecto hubiese algún tema que no se hubiese resuelto ya por este tribunal pleno, se dará cuenta a sus señorías para la atracción del asunto y su resolución en su caso”.