Se dice que los gobiernos ya no pueden ser eficientes promoviendo acciones de manera unilateral, por lo tanto, se requiere que los diversos actores (padres de familia, intelectuales, empresarios, investigadores, organizaciones de la sociedad civil) tomen parte activa en el desarrollo de los asuntos públicos. Pero en el sector educativo, la participación ciudadana no ha rendido los frutos que se esperaban. Pese a la extensa constitución de los consejos de participación social en las escuelas, por ejemplo, aún no hemos podido desarrollar las competencias democráticas y las capacidades institucionales para poder construir una verdadera autonomía escolar.
Las explicaciones de este mal son variadas. Están desde los que culpan a la “cultura política” de los mexicanos del bajo nivel de participación ciudadana hasta los que observamos el problema más como el resultado de un mal diseño institucional. En este sentido, preocupa que la Secretaría de Educación Pública (SEP) siga sin reconocer a los niños y a los jóvenes como sujetos capaces de participar de acuerdo con su nivel de madurez y desarrollo cognitivo. Varios colegas, por otro lado, han también resaltado las fallas en la normatividad que regula la formación y el funcionamiento de los consejos de participación social. Sobre este último aspecto voy a referirme.
La semana pasada se publicaron los nuevos lineamientos para la constitución, organización y funcionamientos de los Consejos de Participación Social en la Educación (DOF, 11/03/16). Sólo pasaron dos años después de los últimos cambios y la pregunta obligada es qué justifica la actual modificación: ¿la experiencia recabada por los consejos escolares o algún ajuste de corte burocrático? Parece que fue lo segundo. El nuevo acuerdo justifica el cambio diciendo que era necesario adecuarse a la nueva estructura organizacional que presentó el Reglamento Interior de la SEP. Como se recordará, en febrero pasado se publicó este reglamento que, entre otras cosas, cambiaba las denominaciones de algunas unidades como la de Coordinación Ejecutiva a Jefatura de Oficina de la Secretaría.
Modificar los lineamientos para la constitución y funcionamientos de los consejos de participación social en la educación, también representó una oportunidad de mejorar tales ordenamientos, pero, ¿en verdad fue así? Hagamos un repaso crítico del nuevo documento.
En primer lugar, y contrario a lo que presentaba el Acuerdo 716 (2014), éste reconoce que puede haber consejos de participación en modalidades educativas no formales como son las escuelas instaladas en casa hogar y orfanatos o en centros penitenciarios. Esto es un avance porque la participación ciudadana es un derecho que no puede cancelarse por vivir alguna situación adversa como estar preso. Otro acierto es que se dice que en la conformación de los consejos de participación social se promoverá el principio de igualdad de género. El tercer punto a favor de los nuevos lineamientos es que le otorga mayores atribuciones al Secretario Técnico del Consejo Nacional de Participación Social (CONAPASE) para que sirva de “enlace” entre las autoridades federales, estatales, municipales y escolares, así como con los consejos estatales, municipales y escolares. Antes, esta función la realizaba el titular de la Coordinación Ejecutiva ahora Jefe de la Oficina de la Secretaría.
¿Qué es criticable? Primero, no se advierte un apoyo decisivo al Conapase en términos de recursos. La SEP sólo habla de proporcionarle los “elementos” para que desarrolle las acciones que sean necesarias para su “adecuado desempeño”.
Segundo, mientras hace dos años se proponía que el consejero presidente del Conapase fuera electo por votación mayoritaria de sus integrantes, ahora, sin rubor, se dice que será designado por el Secretario de Educación Pública. En esta misma situación caen los cinco representantes regionales y los tres representantes de organizaciones de la sociedad civil y del sector empresarial. Hasta el investigador o académico especialista en estos temas será elegido por el titular de la SEP, luego de que la Red Nacional de Investigadores de Participación Social proponga una terna. En los estados, la fórmula será similar: la designación del consejero presidente recae en el secretario de educación de cada entidad federativa.
Ante esta grave situación, vale la pena citar a Pablo Latapí Sarre quien hace tiempo realizó una atinada crítica al Conapase. Decía que su composición era “oficialista” ya que “todos sus miembros o son designados o son invitados por el secretario de Educación o los secretarios estatales”. Además, según el destacado investigador, la SEP prefiere “jugar a la segura” la carta de la participación social y por ello, pretendía adoptar un criterio de representación basado en las zonas geográficas, en vez de abrir un espacio a las “expresiones espontáneas que pudiera tener la sociedad”. ¿Por qué en tanto años no podemos aprender de la crítica?
Los nuevos lineamientos para la organización y funcionamiento de los consejos de participación social responden más a lógicas burocráticas que a la experiencia cotidiana de estos esquemas. En ellos, se cuela una visión estrecha y rígida del gobierno en donde lo importante parece ser el manejo y control de la participación ciudadana sin reconocer que en democracia, las historias escolares se salen del guión oficial. Las escuelas están compuestas por individuos capaces de participar con el propósito de salvaguardar su integridad y “educación plena” y si no hemos logrado mayor participación es porque quizás el Ogro Filantrópico sigue venciendo al Pedagogo Democrático dentro de la SEP. Esto no es querer recuperar la rectoría de la educación por parte del Estado.