Sergio Martínez Dunstan
Las autoridades educativas federales y locales obligan a los maestros de educación básica a cumplir la orden de “no reprobar a sus alumnos”. ¿Por qué se debe evitar la reprobación? ¿Por qué hay que promoverlos en automático y por sistema? ¿Cuáles son las razones subyacentes de no reprobar a nadie? ¿Por el interés superior de la niñez? Quizá haya algo más de fondo. Una maquiavélica intención. Lo expondré al final del texto no sin antes señalar algunos antecedentes.
En junio del dos mil veintiuno escribí “La política de la no reprobación en la educación básica”. Destaqué el Acuerdo Número 12/06/20 por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar 2019-2020. Resalté que “la aprobación generalizada se ha dado por decreto aunque se establezca que la evaluación sea potestad del docente”.
Asimismo, en noviembre del mismo año, “La promoción por decreto. Todos pasan, nadie reprueba”. La aseveración aludida en el título del texto la sustenté en la normatividad aplicable. Específicamente en:
El Acuerdo 11/03/19 (Artículo 11 Fracciones I y II así como Artículo 12 Fracción I y II) mediante el cual se establece que los educandos de preescolar y primaria serán promovidos automáticamente con el sólo hecho de haber cursado el grado correspondiente.
El Acuerdo 16/06/21 por el que se regulan las acciones específicas y extraordinarias relativas a la conclusión del ciclo escolar 2020 – 2021, en beneficio de los educandos de Preescolar, Primaria y Secundaria ante el periodo de contingencia sanitaria generada por el virus SARS-COV2 (COVID 19), publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de junio del 2021. Entre otros puntos de interés se menciona que la calificación mínima a señalarse en la boleta (…) será de 6.
El Oficio Nº DGAIR-DGDC/391/2021 —en concordancia con los incisos A), y B) y último párrafo del numeral Tercero del acuerdo referido anteriormente — mediante el cual la Secretaría de Educación Pública (SEP) ordenó que “la calificación mínima que deberá registrarse en la boleta de evaluación de los educandos del nivel educativo de primaria y secundaria que hayan sido valorados por el docente, no podrá ser inferior a 6. El criterio segundo dispone la vigencia hasta la conclusión del ciclo escolar 2021 – 2022.
Y además, en días recientes, siete de marzo del dos mil veintidós, mediante el Oficio Circular Nº DGAIR-DGDC/62/2022 se instruyó a los Responsables del Área de Control Escolar de la Secretaría de Educación, Organismo Público Descentralizado y/o Área Educativa Central apegarse a tales lineamientos. Como también se insiste en que los docentes tienen que tomar en cuenta las orientaciones pedagógicas previstas en el Acuerdo número 26/12/20 por el que se establecen las orientaciones pedagógicas y los criterios para la evaluación del aprendizaje para la educación, preescolar, primaria y secundaria publicado en el DOF el 28 de diciembre del 2020.
El Oficio Circular Nº DGAIR-DGDC/62/2022, Numeral Segundo convoca a todos los integrantes del Sistema Educativo Nacional a gestionar lo necesario para que las y los estudiantes pueda ser valorados y reincorporados al servicio educativo y con ello, contribuir a prevenir el abandono a fin de priorizar el interés superior de niñas, niños y adolescentes en el acceso, permanencia, tránsito continuidad y egreso oportuno.
Es conveniente traer a colación que, según el Calendario Escolar 2021 – 2022, vigente para las escuelas públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional en los Estados Unidos Mexicanos, se entregarán las boletas de evaluación a las madres y padres de familia o tutores durante el periodo comprendido del 28 al 31 de marzo. También habría que recordar que se ha determinado un periodo extraordinario de recuperación partiendo de una valoración diagnóstica de los educando a cargo del docente del grupo o de asignatura, Sobre esa base se debió implementar un plan de atención de los educandos bajo un esquema de nivelación que podría ampliarse durante todo el ciclo escolar con actividades adicionales, ampliaciones de horarios, tutorías personalizadas y otras estrategias que permitan además de la recuperación de aprendizajes del grado previo, avanzar en los aprendizajes del siguiente grado escolar. En todos los grados y niveles se priorizará un enfoque que fortalezca y asegure los aprendizajes fundamentales. Sugiero la lectura del texto “El primer periodo de evaluación del ciclo escolar 2021 – 2022”
No obstante lo anterior, dichas disposiciones oficiales apenas están llegando a los docentes. Basta poner de ejemplo los comunicados oficiales remitidos por las autoridades locales de Veracruz y Estado de México.
Siendo así, en los últimos 3 ciclos escolares: el aprovechamiento escolar se elevará; habrá reprobación cero, se reducirán los índices de deserción, se incrementará la cobertura y la cantidad de egresados. Los datos estadísticos y los indicadores educativos así lo revelarán. Se dará una idea falsa que bien podría influir en la percepción sobre el rezago.
Seguramente, el discurso exaltará los esfuerzos dignos de ser reconocidos como buena práctica de gobernanza a nivel mundial para subsanar los saldos en materia educativa que dejaron los anteriores gobiernos neoliberales. Y que se avanzó hacia estadios superiores de desarrollo humano sobre la base de una educación de excelencia con equidad para el progreso social. Y quizá algunos inocentes serán embaucados. La política educativa del gobierno actual arrojará resultados superiores a los periodos anteriores… ¡de manera ficticia! La mejora educativa ocurrirá por decreto.
Carpe diem quam minimun credula postero
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