Abelardo Carro Nava
En días pasados circularon en las redes sociales, diversos fragmentos de algunos videos de la presentación de lo que hoy se conoce como “Reconocimiento a la práctica educativa”; en éstos, se observa la presencia de la titular de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM), Adela Piña, y algunos otros funcionarios. Después de escuchar y observar dichos videos, mi mente se trasladó al año 2015, justo al Congreso Nacional de Investigación Educativa cuando, en alguna de las sesiones que en ese entonces se programaron y en la que participaron varios integrantes del extinto Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), Guevara Niebla (uno de esos integrantes), se levantó de su asiento para expresarle a un maestro: “yo le suplico… no, no grite usted, pida la palabra… no, no, no, pida la palabra… no, no, no, usted no tiene derecho hablar…”; esto, en razón de la serie de cuestionamientos, preguntas, inquietudes y demás asuntos derivados de las evaluaciones que, en ese entonces, comenzaban a aplicarse a las maestras y los maestros por la mal llamada reforma educativa impulsada por el Pacto Por México. Obviamente que el rechazo a tal expresión fue más que evidente y, desde luego, las inconformidades de los profesores asistentes a ese evento siguieron, una y otra vez.
Recuerdo muy bien que, después de este momento “incómodo”, otra de las integrantes del INEE intentó calmar los ánimos dando respuesta a varias de esas inquietudes, preguntas, expresiones, etcétera. Si usted observa los tres minutos que dura este video (https://www.youtube.com/watch?v=NgYSnuk69Ng), podrá observar que, si bien es cierto que en las respuestas se percibía un cierto reconocimiento en cuanto a que las cosas no estaban funcionando bien, también es cierto que esa percepción no lograba introducirse en la mente de los presentes porque la realidad vivida por las maestras y los maestros, superaba los argumentos vertidos.
Dos realidades, por así decirlo, se observaron: la de unos funcionarios que fijaban algunas políticas evaluativas, y la de los profesores que las padecían. Realidades que nunca lograron acercarse, por el contrario, conforme el tiempo transcurrió se distanciaron. El resultado, ya lo conocemos.
Ahora bien, en el video que rescaté de esas redes sociales y que comparto para que pueda observarse, si es que así se desea, por lo acontecido en Querétaro, en la presentación de ese reconocimiento a la práctica educativa (https://www.youtube.com/watch?v=fdeVfCa__0Y&t=3253s), se escuchan y observan esas dos mismas realidades que, como en antaño, siguen presentes; es decir, se han mantenido y, presumiblemente, se irán a incrementando porque el fondo de las inconformidades, denuncias, reclamos y demás cuestiones no se ha atendido, debido a la irracional insistencia de continuar con una política de estímulos salariales de corte neoliberal que nada más no termina por traer un beneficio a todo el magisterio ni a la educación en su conjunto.
Vaya, es lamentable que la titular de la USICAMM haya menospreciado lo que en su momento se conoció con el nombre “Carrera Magisterial”, un programa que, como le he sostenido en diversos artículos tenía sus bondades; tan es así que nuestro país llegó a ser considerado pionero (Hevia, 2013) e innovador (Pineda, 2004) en el diseño en este tipo de programas.
De esta forma, tal y como también lo he venido sosteniendo en otros artículos, dicho programa se corrompió a más no poder, derivado de los “acuerdos” que lograban las cúpulas sindicales del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación con las autoridades de la Secretaría de Educación Pública (SEP). Por años ha sido un secreto a voces “los mecanismos perversos” de los que tales instancias se hicieron valer para que el profesorado accediera a este esquema de incentivos; sin embargo, también hay que reconocer, que maestras y maestros, vieron en éste la oportunidad de mejorar su quehacer profesional y, por ende, su salario. ¿No acaso es lo que persigue un programa de incentivos o estímulos salariales como el extinto carrera magisterial o el de promoción horizontal tal y como hoy día lo conocemos? En este sentido, si alguien no decide participar, como obviamente lo expresó la profesora Adela Piña, está en su derecho, pero también está en su derecho concursar en este tipo de eventos porque la palabra derecho alude a una decisión personal que NO elimina ese derecho, lo mantiene. En consecuencia, bien valdría la pena revisar que se entiende por derecho y de qué manera se interpreta desde la oficialidad.
Ahora, por lo que toca a las brechas de desigualdad que genera la implementación de este tipo de programas, es innegable; sería ingenuo pensar que no las propició en su momento carrera magisterial o los que hoy tiene en sus manos la USICAMM; habrá quien, desde luego, acceda a este tipo de beneficios, pero habrá quien no acceda, por voluntad propia o por la serie de errores que en el ámbito estatal y federal se comente a diario, ¿revisamos todas aquellas denuncias del profesorado en cuanto a lo que la misma USICAMM ha generado en la evaluación para el ingreso o la promoción de las maestras y maestros? Curiosamente, de esto último no se habla o, si se hace, se alude a los recursos de reconsideración que difícilmente reconsideran algo porque, al ser juez y parte, la misma autoridad deja en estado de indefensión al concursante. Entonces, ¿de qué tipo de brechas de desigualdad estamos hablando?, ¿cuál es el origen de éstas? Y lo que es peor, si se asegura que carrera magisterial no mejoró la educación en nuestro país, ¿qué evidencia existe o se tiene para afirmar que lo que hoy se está haciendo, con este tipo de concursos, si lo está logrando?, ¿acaso ya se olvidó que, como en antaño, un examen es un factor que tiende a definir la idoneidad de un participante y, en consecuencia, de su práctica educativa?
Y ya entrados en esta serie de ideas retomo una que me parece relevante; lo fácil que es expresar que el estado, en estos últimos años y a través de sus dependencias, no es responsable de la aplicación presencial de un “instrumento de valoración” a los concursantes y, por tanto, se delega esta obligación a cada uno de los participantes; pareciera ser que el mensaje es: ¿quieres participar?, hazlo, pero con tus recursos y bajo nuestras condiciones; si fallas tu eres el responsable, nosotros no. Vaya, ¿en qué parte del artículo 3 constitucional, de la Ley General de Educación o de la Ley del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros se señala que el concursante deberá participar con su equipo, internet y demás elementos que le son solicitados? Esto lo pregunto porque, que yo recuerde, en dichas normativas se habla de realización de procesos en los que concurran los participantes en IGUALDAD DE CONDICIONES, pero que, además, serán PÚBLICOS, TRANSPARENTES, EQUITATIVOS E IMPARCIALES. En consecuencia, sobre esto último, yo preguntaría: ¿qué entendemos por igualdad de condiciones?
Y bueno, para finalizar estas líneas resta mencionar, tal y como ha sucedido en Michoacán (por ejemplo), que al parecer este año no se realizará el proceso de promoción horizontal en Veracruz en el que podrían participar docentes estatales de esta entidad; lo que se sabe, es que este tema pasa por un asunto presupuestal; entonces, siguiendo con la línea de análisis que he expuesto, ¿qué entendemos por derecho? Y agregaría, ¿qué entendemos por revalorización docente cuando un programa que requiere de presupuesto no cuenta con él y, por tanto, no se respeta la labor docente y a su persona por parte de las autoridades educativas tal y como se señala en la Ley general de educación en su artículo 90, fracción III?
A cuatro años del triunfo en las urnas del lopezobradorismo, ¿tanto ha cambiado para que todo siga igual? Es cierto, por parte de la titular de la USICAMM y de los funcionarios que la acompañaban en ese evento, escuché un reconocimiento a ciertas fallas en los procesos, pero habría que recordar que, en antaño (ahí están los videos), también se reconocía, pero hasta el momento, poco o nada ha cambiado; por eso es la pregunta, nada más.
Al tiempo.
Referencias:
Hevia, F. (2013). Dualidad de objetivos en las reformas al programa de incentivos docentes en México: el caso del programa Carrera Magisterial. https://www.comie.org.mx/congreso/memoriaelectronica/v12/doc/0487.pdf
Pineda, R. (2004). La carrera magisterial: un análisis de política pública. http://dcsh.xoc.uam.mx/images/MPP/TesisMPP/98065.pdf