Magisterio y profesión docente. Asociación sindical y colegio profesional
Por: Sergio Martinez Dunstan
Según Martí Batres, presidente del Senado, la iniciativa de Ley que presentó, pretende derogar el párrafo relativo a la evaluación en el artículo tercero constitucional lo cual abrogaría de facto la Ley General del Servicio Profesional Docente y en consecuencia derogaría también los artículos correspondientes en la Ley del INEE, de la Ley General de Educación y de las Leyes de Educación en las entidades federativas.
Mas no se ha dicho, no lo he escuchado ni leído, desconozco la propuesta alterna, el proyecto que reemplazaría o el mecanismo que sustituiría al Servicio Profesional Docente.
Ante eso, la ausencia de proyecto, el desconocimiento de la propuesta alterna, sería infundado cualquier juicio, producto de un análisis comparativo y crítico por lo menos, sobre los avances o retrocesos de la política educativa en esa materia. Las razones causales, así sean las más convincentes, no lo justifica.
Cambiar por cambiar, por compromiso de campaña o lo que fuere, implica un retroceso. Quien no conoce la historia está condenado a repetirla.
Percibo una confusión entre lo que es el magisterio y lo que es la profesión docente.
Me parece justo, por decir lo menos, respetar las condiciones laborales al maestro. Y, en contraparte, considero peligroso dejar de lado las condiciones necesarias para el ejercicio de la profesión docente.
Si, a la existencia de las organizaciones sindicales para la defensa de los derechos laborales de sus agremiados. Y si, también, a la necesidad irresuelta de un colegio profesional que salvaguarde los intereses profesionales de los colegiados, la deontología y ordenación del ejercicio de la profesión docente.
Considero perfectamente compatible la coexistencia de un sindicato gremial y un colegio profesional de maestros. Tan legítima es la lucha de los maestros por su situación laboral como necesario velar por la profesión docente.