En próximas semanas, al menos así se espera, el personal docente que se encuentra adscrito a las escuelas normales del país tendrá en sus manos, el nuevo reglamento que regula su ingreso, promoción y permanencia. Un asunto que estaba pendiente desde hace algunos años, particularmente, desde que la Mtra. Marcela Santillán, ex Directora de la DGESPE (Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación), propuso se revisara, con el propósito de atender como debería de atenderse, muchas de las problemáticas que al interior del gremio persisten. Una de ellas, y que da título a esta serie de ideas, es lo que se conoce como el Estímulo al Desempeño del Personal Docente de las escuelas normales (EDD) que, si bien es cierto, no forma parte de ese reglamento, de alguna manera impacta en el ejercicio de los docentes normalistas.
¿Y por qué tal estímulo es la manzana de la discordia? Sencillamente, porque tal beneficio que pueden obtener los profesores normalistas, se asigna conforme al reglamento, convocatoria y evaluación que realizan las Comisiones técnicas y operativas y que, generalmente, favorece a quienes no tendría que favorecer pero, lo más grave es que en dicho proceso, no hay de todo una transparencia, ni de parte de las Comisiones referidas que son parte de ese proceso evaluatorio ni de las autoridades en el ejercicio/asignación de los recursos para este rubro. Me explico.
El EDD, palabras más palabras menos, es la forma a través de la cual se motiva para que el docente de las escuelas normales, continúe profesionalizándose, realice investigación, participe en diversos eventos académicos con otras escuelas normales, en fin, dicho estímulo, puede ser equiparable a lo que en su momento se conoció como carrera magisterial pero sin que llegara a ser tal. Esto, porque fue concebido de otra manera dado que al ser instituciones de educación superior (a partir de 1984) se intentó homologar sus criterios con las… ¿universidades? Craso error, porque como sabemos, aunque los procesos son similares, éstos son distintos. De ahí que hoy día la DGESPE, se encuentre “armonizando” su plan de estudios con el modelo educativo que entrará en vigor en educación básica el siguiente año.
En fin. Es sabido que el reglamento para el EDD, estipula una serie de normas que le permiten a los docentes (siempre y cuando cubran con una serie de requisitos), participar; sin embargo, hay que reconocer, que no en todas las entidades ese reglamento está vigente, tal es el caso del estado de Morelos, donde a lo largo de este año, los normalistas enfrentaron una férrea lucha con la autoridad local para que se validara su existencia. En este sentido es importante mencionar, que un documento que complementa la normatividad que refiero, es la emisión de un “inventario” (indicadores de evaluación) a través del cual, se evalúa el desempeño que el profesor o profesora normalista, tuvo durante al año anterior al proceso de evaluación, considerando tres rubros: a) calidad en el desempeño de la docencia; b) la dedicación a la docencia; c) la permanencia en actividades de la docencia.
Así, Para iniciar con el proceso del EDD, la autoridad educativa local, emite una convocatoria y, después de ésta, en las normales se viven dos momentos importantes para conformar lo que se conoce como Comisiones técnicas y operativas: la elección de dos profesores, uno por decisión de la autoridad educativa local y, el otro, por el director en turno de la escuela normal. La idea es que estas comisiones estén equilibradas y su valoración responda a criterios de objetividad y apegado a lo que en el inventario se enlista.
Sí, con seguridad usted se estará preguntando: ¿qué es lo que pasa cuando la autoridad local y el director nombran a dos de sus incondicionales y/o subordinados a sus intereses y preferencias políticas? Esto, es posible y muy probable que suceda, situación que me permite reafirmar lo que he denominado la manzana de la discordia, porque como es sabido, al interior de las instituciones – no sólo en las normales –, prevalecen grupos a favor y en contra de las ideologías sindicales y hasta oficiales. Entonces, la existencia de dos docentes al interior de las comisiones, que coincidan en ideologías y simpatías, ¿no sesga la valoración que se realiza sobre desempeño docente? También es posible y muy probable que suceda.
Ahora bien, por lo que respecta al proceso de valoración de dicho desempeño, éste es un proceso que tiene diversas aristas. ¿Qué es lo que se evalúa? Ya lo he dicho, la Calidad, Dedicación y Permanencia. Solo que en medio de este asunto, la serie de indicadores pero, sobre todo, las ponderaciones que en dicho reglamento se estipulan generan cierta ambigüedad y desasosiego en varios de los profesores participantes. Por ejemplo, en la permanencia, tiene un mayor puntaje los años cumplidos dentro del servicio que la obtención de un posgrado. Es decir, que la antigüedad tiene un peso mayor que el hecho de haber obtenido un doctorado o haber hecho una serie de investigaciones como parte de su quehacer docente. ¿No es esto ilógico? Ciertamente los años de servicio pueden representar un valioso insumo dentro del quehacer docente; no obstante, puede ser que un docente tenga 30 años de servicio pero que no haya hecho ninguna investigación sobre los diversos temas educativos o, también, el que no haya hecho ningún estudio de posgrado. ¿Qué se estimula entonces?, ¿el cumplir años o el generar conocimiento para beneficio de los procesos de formación de los individuos?
Interesante cuestionamiento que dejo ahí, sobre la mesa y para el debate, porque este ejemplo y otros, se observan en los procesos de evaluación de quienes participan en dicho EDD.
Y esto… ¿qué tiene que ver con el reglamento con el inicié esta serie de ideas? Mucho, dado que como es sabido, en la normatividad que está trabajando a nivel central, se están abordando una serie de rubros que traen consigo la promoción docente; es decir, que para que tal profesor pueda ocupar una clave presupuestal que se desprende los movimientos naturales de jubilación, los requisitos que deba de cumplir, refieren a cierto de grado de estudios, es decir, que para ocupar cierta clave, el docente tuvo que haber cubierto una serie de requisitos, como la preparación profesional, por ejemplo; sin embargo, esta preparación profesional, no es debidamente valorada en el EDD, porque como he expuesto, tiene más peso ciertas cuestiones que no favorecen el desarrollo académico al interior de las instituciones.
Sea éste pues, un llamamiento para que todos los involucrados en los procesos normativos se apeguen a esos criterios de objetividad y congruencia que refiero. Puede ser que en lo sucesivo la DGESPE, entregue un documento extraordinario, casi casi perfecto pero, si no se cuidan muchos de estos procesos de los círculos viciosos existentes en el gremio, éstos seguirán enquistados en las escuelas formadoras de maestros.
Tiempo al tiempo.