¿Cómo transcurre la evaluación del desempeño para fines de permanencia en el Servicio Profesional Docente?
Sergio Martínez Dunstan
La gestión del currículum y de los centros escolares viene aconteciendo, en mayor o menor medida, de manera paralela al debate actual y las ulteriores definiciones de política en materia educativa resultantes. El magisterio real, el de carne y hueso, quienes están al frente de los grupos, realizan las cotidianas tareas docentes asumiendo los procesos de enseñanza y aprendizaje en tanto se determina el derrotero de sus condiciones profesionales y laborales en otros espacios, en el Congreso de la Unión por ejemplo. Ambas circunstancias, cumplir las responsabilidades propias de su función y la definición de la política educativa, provocan tensión e incertidumbre. La implementación de un nuevo modelo educativo, la aplicación del servicio profesional docente y la probable reforma a la reforma educativa o la abrogación de la misma, son tres condiciones que generan en los maestros ansiedad, angustia y desesperación retomando estas palabras del hermoso bolero “Toda una vida” del compositor cubano Osvaldo Farrés.
Como es de sobra conocida, la tesis central de la enmienda al tercero constitucional del veintiséis de febrero del 2013 se sustenta en la calidad educativa entendida como el máximo logro de aprendizaje de los alumnos tomando como base el mejoramiento constante. Se reconoce la diversidad de factores que la favorecen, verbi gratia la idoneidad de los conocimientos y capacidades de los docentes y los directivos. En la fracción III se establece la atribución del Ejecutivo Federal para determinar los planes y programas de estudio para la educación preescolar, primaria, secundaria y normal y a ésta se le agrega la facultad relativa a los concursos de oposición para el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o supervisión en educación básica y media superior además del reconocimiento y la permanencia regulados en la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD).
En el 2015, se llevó a cabo la primera evaluación del desempeño para fines de permanencia. Este hecho, incitó la reacción iracunda del magisterio por la afectación directa a su situación contractual: condicionar la permanencia en la función docente, de dirección, supervisión y asesoría técnica pedagógica según los resultados de la evaluación obligatoria. Razón por la cual se le llamó evaluación punitiva y a la reforma como “mal llamada educativa” por los visos de reforma laboral y administrativa.
El Instituto Nacional para la Evaluación a la Educación (INEE) modificó la metodología empleada sin cambiar al marco jurídico normativo, a fin de atenuar las manifestaciones. Dicho procedimiento, se puso a prueba al siguiente año y para el 2017 se aplicó el Nuevo Modelo de Evaluación, que no el Nuevo Modelo Educativo.
El Modelo de Evaluación, a partir del 2017, consta de tres etapas y se programaron las fechas para llevarlas a cabo durante este año: 1.- Informe de responsabilidades profesionales, programada del 15 de octubre al 2 de noviembre. 2.- Proyecto de enseñanza, gestión escolar, intervención así como de asesoría y acompañamiento contemplada del 3 de septiembre al 26 de octubre. 3.- Examen de conocimientos didácticos y curriculares, curriculares y de normatividad considerada del 3 al 25 noviembre. La Etapa 2, a su vez, se divide en tres momentos: a) Diagnóstico y Planeación. b).- Desarrollo del Plan. c).- Análisis y Reflexión de la Práctica en concordancia con los lineamientos para llevar a cabo la evaluación del desempeño del cuarto grupo de docentes y técnicos docentes, así como del personal con funciones de Dirección y Supervisión, y del personal que presenta su segunda y tercera oportunidad en Educación Básica en el ciclo escolar 2018-2019. LINEE-07-2018 (https://goo.gl/8mz4Lv).
Los maestros sujetos de participación a la evaluación fueron seleccionados de acuerdo con los criterios fijados por las autoridades educativas y los tipos de evaluación considerados (https://goo.gl/4RrbKV).
El titular de la Secretaría de Educación Pública, en una entrevista resaltó que “la evaluación del desempeño ya empezó y acabará en noviembre como lo establece el Servicio Profesional Docente. Tenemos un número muy importante de maestros que están desarrollando su proyecto en todo el país. Mientras tengamos, agregó, un marco legal vigente debemos acatarlo. Habrá reforma educativa hasta el ultimo minuto por mandato constitucional” (https://goo.gl/YoHCYo) en franca respuesta a los puntos de acuerdo y exhortos de las Cámaras de Diputados y Senadores para suspender esta evaluación.
El docente así lo ha entendido y ha estado cumpliendo su obligación; no obstante, la bandera enarbolada por el Presidente Electo de cancelar la reforma educativa, la mayoría calificada del partido y sus aliados políticos que lo respaldan, las iniciativas de ley para derogar o abrogar la reforma educativa. Hasta soportar las viejas prácticas sindicales para pfresrvar el clientelismo político, porque han llegado al extremo de ofrecerle la posposición, cancelación, aplazamiento de la reforma, incluso algunos le llaman amparo (erróneamente según mi parecer), “si solicitan por escrito la decidida y oportuna intervención” del líder en turno, como ocurrió recientemente, en el Estado de México, y fue denunciado en las redes sociales (https://goo.gl/GWQdow) sin tener respeto al cumplimiento de la “Normalidad Mínima”.
Y, recientemente, la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente publicó, por primera vez, el Manual de apoyo a los evaluadores certificados quienes calificarán las tareas evaluativas concerniente a la Etapa 2 desarrolladas por los sustentantes (https://goo.gl/uce9Tf y https://goo.gl/LvMf2N).
De acuerdo con lo anterior, los profesores sujetos de participación en la evaluación obligatoria del desempeño afrontan una encrucijada y preconfiguran desde esta perspectiva, los siguientes escenarios:
1.- En caso de abrogarse la LGSPD la gran mayoría de los docentes resultarían beneficiados incluso los cesados en las etapas anteriores, de contemplarse la retroactividad a la misma. El mejor de los escenarios aunque habría que conocer la propuesta alterna.
2.- Frente a una hipotética derogación las posibles ventajas para el maestro dependerían de los alcances y tiempos de la misma. Escenario azaroso.
3.- Quienes incumplan con la obligación de ser evaluados verán terminados los efectos del nombramiento. Siendo así, restaría sólo la esperanza de la abrogación de la reforma. El peor de los escenarios.
4.- De mantenerse el Servicio Profesional Docente sin ninguna modificación y continuar aplicándose en lo mismos términos como hasta hoy, las consecuencias vinculadas a los resultados de la evaluación serían los siguientes:
4.1 Insuficiencia en el nivel de desempeño de la función se incorporaría a los programas de regularización incluyendo el esquema de tutoría. Se sujetaría a una segunda evaluación en un plazo no mayor a doce meses antes del siguiente ciclo escolar. De repetirse el mismo resultado, se reincorporaría a los programas de regularización y se le evaluaría por tercera ocasión. De no resultar suficiente se darían por terminados los efectos de su nombramiento, si ingresó al servicio después del once de septiembre del dos mil trece; en caso contrario se la cambiaría de función o se incorporaría a programas de retiro. Escenario positivo.
4.2. Si resultara suficiente, bueno o excelente se le evaluaría hasta cuatro años después. Escenario positivo.
Resumiendo, según los escenarios analizados anteriormente, la tensión e incertidumbre están presentes en el estado emocional de los docentes frente a la evaluación de su desempeño para fines de permanencia en el servicio educativo. El Servicio Profesional Docente es ansiedad, angustia y desesperación para el magisterio.