Saúl Elizarrarás Baena
Escuela Normal Superior de México
sauleliba@gmail.com
Una primera pregunta que surge en momentos en los que se permanece en un compás de espera sobre la publicación de las leyes secundarias en materia educativa es la siguiente: ¿Cuál es el estado actual que guarda la organización de las Escuelas Normales Públicas (ENP) del México?
De modo particular, en la Ciudad de México, se llevó a cabo un proceso de selección de candidatos para ocupar el puesto de director o directora de alguna de las cinco ENP que la conforman. Este hecho es inédito en la vida democrática de las ENP de la capital del país, pues representa un paso importante para el fortalecimiento de estas instituciones formadoras de docentes para la educación básica y educación media superior.
El titular de la Autoridad Educativa Federal para la Ciudad de México (AEFCM), Dr. Luis Humberto Fernández Fuentes, invitó a toda la comunidad normalista para que presentaran un proyecto académico institucional en el que fundamentaran las razones por las que estaban interesados en asumir la dirección de alguna de las escuelas normales y cómo coadyuvarían para que sus esfuerzos se encaminaran hacia el logro de las metas propuestas en el actual gobierno que han sido enmarcadas en el ámbito educativo a través de lo que se ha propuesto el actual gobierno de refundar una Nueva Escuela Mexicana.
Sin duda que la invitación difundida por el titular de la AEFCM es un primer paso en la vida democrática de las instituciones formadoras de docentes de la capital del país y esto obedece a la exigencia de muchos sectores de la comunidad educativa del país que se han venido manifestando por cambiar las formas de interactuar al interior de las instituciones.
Por tal motivo, uno de los compromisos que asumió desde su campaña el actual presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Andrés Manuel López Obrador, fue la necesidad de que se practique y conciba la democracia como forma de vida y que mejor lugar para formar a los futuros ciudadanos bajo esta perspectiva que desde las escuelas como espacio público, cuyas prácticas implican el dialogo y el consenso entre sus integrantes para la toma de decisiones.
Este compromiso fue el número ocho de diez compromisos por la educación en México que el Lic. López obrador el pasado 12 de mayo de 2018 en Guelatao, Oaxaca. De manera específica, comprometió que:
- Se respetará la independencia y la autonomía de los trabajadores de la educación en México. El gobierno no intervendrá en la vida interna de sus organizaciones para garantizar una plena democracia sindical. Democracia como forma de vida y como forma de gobierno. Democracia como forma de vida significa democracia en la familia, democracia en la comunidad, democracia en el sindicato, democracia en la escuela y democracia en el país.
Ahora bien, ¿cuál debe ser la prospectiva para consolidar a las ENP dependientes de la AEFCM en el marco de la democracia como forma de vida?
En primer lugar, se debe regular normativamente el proceso de selección de directores, toda vez que el titular de la AEFCM accedió a la demanda de distintos grupos de académicos de las cinco ENP de la Ciudad de México para que se llevara el proceso de manera diferente a las prácticas predominantemente verticales que emanaban de la propia AEFCM y de la Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magisterio (DGENAM) de la misma entidad.
En este sentido, es indispensable que se pueda dejar asentado en la Ley General de Educación Superior que en todas las Escuelas Normales del país, el director o directora sea elegido o elegida de forma democrática y bajo criterios estrictamente académicos.
En segundo lugar, se debe institucionalizar y reglamentar las formas de interacción entre las autoridades educativas de cada plantel y su comunidad normalista, comprendida esta última por docentes, administrativos y estudiantes normalistas. Esto se vuelve imperioso dado que las experiencias que se han vivido en este tipo de instituciones dan la pauta para instrumentar cambios que fomenten la horizontalidad para la mejora de sus procesos académicos y administrativos.
De modo específico, la Escuela Normal Superior de México (ENSM) dependiente de la DGENAM, cuenta con un Estatuto Orgánico que data de 1984 y en su artículo 5º se establece que sólo puede permanecer como máximo dos periodos de cuatro años y más de una vez (como es el caso del actual director) ha permanecido en el puesto poco más de nueve años.
Artículo 5o. El Director de la Escuela Normal Superior será nombrado y removido libremente por el Secretario de Educación Pública para un período de cuatro años, y sólo podrá ser ratificado en el cargo por una sola vez.
Este tipo de prácticas han traído como consecuencia que haya una participación selectiva de la comunidad normalista en la “resolución” de todos los problemas académicos y administrativos de la ENSM.
Otro de los puntos que establece el Estatuto Orgánico de la ENSM es que se debe conformar el Consejo Académico y desde su publicación, ningún director ha tenido la iniciativa de transitar hacia formas diferentes de dirigir y organizar los procesos académicos y administrativos ni siquiera porque se encuentra estipulado en el propio estatuto.
De manera reciente, la respuesta a esta demanda fue en forma escueta y evasiva que no se puede llevar a cabo la conformación del Consejo Académico debido a que no existe reglamento que norme el trabajo del mismo. Pareciera que conciben el problema desde la famosa paradoja que plantea la duda de que si fue primero: el huevo o la gallina.
A continuación, se citan los artículos del Estatuto Orgánico de la ENSM que devienen del capítulo tercero, denominado Consejo Académico.
Artículo 41. El Consejo Académico es un órgano de consulta de la Dirección. Estará integrado por el Director, quien lo presidirá y tendrá voto de calidad; el Subdirector Académico, que fungirá como Secretario, los Jefes de División de Licenciatura y Posgrado; los Coordinadores de Licenciatura y Posgrado; cinco representantes de profesores: tres de licenciatura y dos de posgrado; y cinco representantes de alumnos: tres de licenciatura y dos de posgrado.
¿Cuáles son las propuestas específicas que pueden incidir en el fortalecimiento de las ENP desde la perspectiva de la democracia participativa?
Con base en las experiencias que devienen de las vivencias y convivencias con la comunidad normalista de la ENSM y debido a que la participación que se ha tenido en los Congreso Nacional sobre la Transformación de las Escuelas Normales Públicas que han sido organizados por la DGESPE se ha podido identificar problemáticas muy similares en otras instituciones formadoras de docentes, por lo que se formulan como propuestas para todas las ENP las siguientes:
- Incluir en la Ley General de Educación o en la Ley de Educación Superior, un artículo que institucionalice la necesidad de que exista un Estatuto Orgánico para las ENP de México que obligue a sus autoridades a conducirse con inclusión de todos los integrantes de la comunidad normalista.
- Derivado de lo anterior, reglamentar la conformación de una figura como un Consejo Técnico Local para cada ENP del país y un Consejo Técnico Estatal, así como un Consejo Técnico Nacional (tripartita en todos los casos). La conformación de estás tres figuras permitirán asegurar que todas las Escuelas promuevan la vida democrática desde las instituciones que va desde el tratamiento de problemáticas específicas como la transparencia y rendición de cuentas sobre los recursos públicos asignados.
- Cada uno de estos tipos de Consejos debe fungir no sólo para la consulta sino sobre todo para la toma de decisiones sobre diversas problemáticas que aquejan a la comunidad normalista de cada ENP en lo particular, así como en lo general.
- La conformación de cada uno de los Consejos Técnicos deberá ser integrado de manera paritaria con cada una de las figuras que exista en la comunidad normalista (personal docente, estudiantes, personal de apoyo y asistencia a la educación, etc.) y designados en forma democrática por parte de la comunidad normalista bajo criterios académicos estrictos, sin la injerencia directa de sindicatos ni de autoridades educativas locales, estatales ni federales.