Abelardo Carro Nava
En julio de este año, publiqué en este y otros espacios digitales, un artículo titulado “La evaluación del ciclo escolar 20-21 y la descarga administrativa para el siguiente”. En éste argumentaba, que con pleno desconocimiento de lo que sucede en los planteles escolares que conforman el intricado Sistema Educativo Nacional (SEN), la Secretaría de Educación Pública (SEP) había emitido el Acuerdo 16/06/21 por el que se regulan las acciones específicas y extraordinarias relativas a la conclusión del ciclo escolar 2020-2021, en beneficio de los educandos de preescolar, primaria y secundaria ante el periodo de contingencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19). Para el logro de este propósito, no había derogado los Acuerdos 11/03/19 y 12/06/20 relativos a la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes, es más, en este texto señalaba, que esta Dependencia había realizado una extraña combinación de los Acuerdos citados con la finalidad de que los profesores evaluaran el ciclo escolar referido.
Por ejemplo, para las calificaciones finales correspondientes al ciclo 20-21, el Acuerdo 16/06/21 estableció, que los alumnos con los que los docentes hubieran mantenido una comunicación y participación sostenida durante los tres periodos de evaluación, serían acreditados y promovidos conforme a las disposiciones previstas en el Acuerdo 11/03/19, sin considerar asistencia, pero con evaluación en la boleta de calificaciones de 6. Por lo que respecta a estudiantes con los que se había mantenido una comunicación intermitente en uno, dos o los tres periodos de evaluación, la SEP sugirió que los maestros debían realizar una valoración general de conocimientos logrados durante el ciclo escolar o de los periodos de evaluación sin información y, para ello, podrían considerar la realización de tareas, trabajos, actividades académicas extraordinarias adicionales u otros aspectos que demostraran los aprendizajes y saberes adquiridos del educando. El resultado de este proceso llevaría al profesorado a asignar, en primaria, una calificación global de grado registrándola como promedio final cuyo valor numérico sería de 6 y, para secundaria, una calificación global de asignatura para que, con la suma de las calificaciones, se obtuviera el promedio final siendo la calificación mínima de 6.
Ahora bien, en este mismo artículo señalé, que el referido Acuerdo (16/06/21), daba la posibilidad al profesor de asentar en la boleta de calificaciones la leyenda información insuficiente en caso de que éste considerara que no había los elementos para llevar a cabo el proceso de evaluación de los alumnos, no obstante, también se especificaba que, en estos casos, la calificación se reportaría hasta que concluyera lo que la SEP denominó periodo extraordinario de recuperación (establecido para el primer trimestre del ciclo escolar 2021-2022, de acuerdo al calendario oficial). Y para los alumnos con los que no se mantuvo comunicación (inexistente), se indicaba que en la boleta se debería registrar la leyenda sin información por lo que, para primaria y secundaria, la calificación se reportaría hasta que concluyera dicho periodo extraordinario de recuperación.
Y bueno, como bien sabemos, el ciclo escolar 2021-2022 inició en todo el territorio mexicano con las actividades previstas en el Acuerdo 16/06/21 relacionadas con la implementación: a) del periodo extraordinario de recuperación, b) la aplicación de una valoración diagnóstica que le permitiera al profesorado, diseñar y ejecutar un plan de atención o de reforzamiento (bajo un esquema de nivelación del grado escolar o de asignatura) que considerara actividades adicionales, ampliación de horarios, tutorías personalizadas y otras estrategias, además de un plan de intervención y/o proyecto de vida (para los alumnos con alguna discapacidad).
Visto de esta manera, pareciera que tal arranque escolar y académico en cada una de las escuelas no pudo tener mayores contratiempos, es más, podría pensarse que durante estas semanas todo fue miel sobre hojuelas en los planteles escolares, puesto que el profesorado mexicano, podría haber recibido las orientaciones más pertinentes para el desarrollo de dichas actividades y de la forma en la que podría realizar su función de la mejor manera pues, independientemente del plano académico, la pandemia, que no ha sido superada, obligó a redoblar esfuerzos y, por ende, el trabajo, por ejemplo: en el cuidado y atención de los filtros escolares, el aseguramiento del distanciamiento social en la institución y en las aulas, el uso correcto del cubrebocas, la aplicación de gel antibacterial y el lavado constante de manos, además de la modificación de horarios para el abordaje de contenidos, la dosificación de los mismos, la atención a estudiantes a distancia, la desmedida burocracia impuesta por la SEP, entre otras tantas cosas más. Desafortunadamente, ni los profesores ni los directivos recibieron esa orientación requerida porque, es obvio, la SEP se mueve desde un escritorio, que es un lugar muy distinto al de la dinámica que se vive en los cientos de escuelas del país.
Para quienes se encuentran en el magisterio, es claro que cada institución educativa se organizó de diferente manera desde el inicio del ciclo escolar, por ejemplo, aquellas que modificaron su horario de atención para recibir a sus estudiantes de manera presencial, pero también, a distancia o de manera virtual; aquellas que modificaron la manera de abordar los contenidos pues, los grupos de alumnos que no superaron los 15 o 20 alumnos de un total de 30 o 40, obligaron a priorizar los temas con la intención de propiciar la adquisición de un conocimiento, los dos o tres días de la semana, en las que asistían dichos grupos de alumnos, obviamente, sin descuidar los que se encontraban, repito, a distancia o de manera virtual; aquellas que, en las medidas de sus posibilidades y recursos, tuvieron que adaptar sus espacios físicos para evitar los posibles contagios pues, como es sabido, fue recurrente el conocer casos de padres de familia, profesores y alumnos que se contagiaron y/o presentaron síntomas derivados de la COVID-19; aquellas en las que se hizo un esfuerzo, a veces sobrehumano, para que los estudiantes y padres de familia con los que no se tuvo contacto, pudieran incorporarse de alguna u otra forma al trabajo docente, tan necesario para continuar sus procesos formativos.
Y luego, la absurda burocracia de la SEP; Consejos Técnicos sin mucho sentido y provecho para los colectivos docentes, o bien, la entrega diaria o semanal de una estadística relacionada con la asistencia de alumnos a los planteles escolares o con los que se mantiene cierto contacto a la distancia.
Y para variar, la proximidad de una fecha denominada de “descarga administrativa” que no descarga nada, por el contrario, en estos momentos, miles de profesores ya se encuentran preparando la información que les requieren pues, el 12 de noviembre, ésta se tiene que subir a una plataforma para que, en los siguientes días, se den a conocer los resultados de las valoraciones a través de una boleta de calificaciones. Para ello, de nueva cuenta los colectivos docentes ya se encuentran preparando los exámenes, la revisión de productos, la valoración de los desempeños, en fin, ya se encuentran evaluando lo que tiene que ser evaluado para reportarse. Curiosamente, en dicho proceso de valoración, todos los alumnos, por “indicaciones superiores” o por las mismas deficiencias que presentan los Acuerdos referidos, serán aprobados, aún cuando los padres de familia no hayan mantenido un contacto con la institución educativa y, mucho menos, con los docentes. Los mandos medios de esta Secretaría así lo determinan, aunque al inicio del ciclo escolar se haya dicho lo contrario teniendo como base el Acuerdo 23/08/21.
En fin, la SEP, a unos días de que se llegue esta fecha ¿emitirá otro Acuerdo que siente las bases para la evaluación de este primer periodo o mantendrá el vigente 16/06/21 que recupera el 13/03/19 y el 12/06/20 aun cuando se sabe que las escuelas y los colectivos docentes se organizaron de diferentes maneras?
Al tiempo.
Referencias:
Carro, A. (2021). La evaluación del ciclo escolar 20-21 y la descarga administrativa para el siguiente. Profelandia.com. Recuperado de: https://profelandia.com/la-evaluacion-del-ciclo-escolar-20-21-y-la-descarga-administrativa-para-el-siguiente/