Por: Erick Juárez Pineda
Ha llegado hasta la redacción de Educación Futura, una versión de la Ley General de Educación, la cual, podría discutirse en los próximos días en el legislativo, sin embargo, diversas fuentes señalan que existen otras versiones de iniciativa, las cuales, aún no se han publicado.
En el documento filtrado a este medio, resalta la incorporación de la “Nueva Escuela Mexicana”, la cual, tendría como como objetivo, la “búsqueda de la equidad, la excelencia y la mejora continua en la educación, colocando al centro de la acción pública el aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes”.
Tendrá como objeto el mejoramiento integral y constante que promueva el máximo logro del aprendizaje, reorientar el Sistema Educativo Nacional, incidir en la cultura educativa mediante la corresponsabilidad e impulsar transformaciones sociales dentro de la escuela y en la comunidad de su entorno.
Además, señala que la SEP promoverá un Acuerdo Educativo Nacional que considerará, entre otros puntos, “revalorizar a las maestras y los maestros como agentes fundamentales del proceso educativo, profesionales de la formación y del aprendizaje con una amplia visión pedagógica”.
Además, consideraría “dimensionar la prioridad de los planes y programas de estudio en la orientación integral del educando y la necesidad de reflejar los contextos locales y regionales, y promover la participación de pueblos y comunidades indígenas en la construcción de los modelos educativos para reconocer la composición pluricultural de la Nación.”
Esta propuesta señala en su artículo 25 que “los planes y programas de estudio de las escuelas normales deben responder, tanto a la necesidad de contar con un profesional en formación y aprendizaje, como a las condiciones de su entorno, para preparar maestras y maestros involucrados con su comunidad”
Además, considera que los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género para, desde ello, contribuir a la construcción de una sociedad en donde las mujeres y los hombres se les reconozca el mismo valor, así como la igualdad de derechos y oportunidades
Sobre los contenidos, consideraría, entre otras cosas, el aprendizaje de las lenguas extranjeras, el fomento de la igualdad de género, la educación integral sexual y reproductiva que implica el ejercicio responsable de la sexualidad, la educación socioemocional, el reconocimiento de la diversidad de capacidades de las personas, la promoción del emprendimiento, el fomento de la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas, educación ambiental, la enseñanza de la música, entre otras.
También señala que se llevará a cabo una programación estratégica para que la formación docente y directiva, la infraestructura y los métodos educativos y sus materiales didácticos, se armonicen con las necesidades de la prestación del servicio público de educación y contribuya a su mejora continua.
Cabe señalar que la propuesta indica que el titular de la SEP será quien presida el Sistema Educativo Nacional.
También advierte que se propondrá una Política Nacional de Educación Inicial, la cual será parte de una Estrategia de Atención Integral a la Primera Infancia.
Otro aspecto a destacar es sobre la obligatoriedad de la educación superior, la cual, correspondería al Estado, “el cual garantizará el acceso a la educación superior pública para todas las personas que cumplan con los requisitos solicitados por las instituciones respectivas.”
Para tal efecto, las políticas dirigidas a la educación superior estarán basadas en el principio de equidad; tendrán como objetivo disminuir las brechas educativas, así como desarrollar acciones institucionales de carácter afirmativo para compensar las desigualdades y la inequidad en el acceso y permanencia por razones económicas, de género, origen étnico o discapacidad.
Según el documento, “en la educación que imparta el Estado se promoverá un enfoque humanista, el cual favorecerá en el educando sus habilidades socioemocionales para adquirir y generar conocimientos, así como la capacidad de observación, análisis, reflexión crítica y habilidades creativas, para que aprenda a pensar, sentir, actuar y desarrollarse como persona integrante de una comunidad y en armonía con la naturaleza.”
Un apartado señala que “los educandos son los sujetos más valiosos de la educación con pleno derecho a desarrollar todas sus potencialidades de forma activa, transformadora y autónoma.”
Sobre la situación de las y los maestros
El documento propone que revalorización de las maestras y maestros persigue los siguientes fines:
I. Reconocer el valor de la tarea docente y dignificar sus condiciones de trabajo con respeto a sus derechos;
II. Impulsar su capacidad para la toma de decisiones cotidianas sobre la planeación docente;
III. Incentivar sus habilidades para realizar diagnósticos sobre la realidad educativa de su entorno y proponer soluciones de acuerdo al contexto de sus educandos;
IV. Fortalecer su desarrollo y superación profesional mediante la formación, capacitación y actualización;
V. Proveer materiales didácticos, recursos y herramientas tecnológicas para la realización de su labor docente;
VI. Disminuir su carga administrativa para priorizar el logro de metas y objetivos del aprendizaje de los educandos, aprovechando las herramientas que proporcionan los avances de la ciencia y tecnología;
VII. Fomentar el respeto a la labor docente y a su persona por parte de los educandos, madres y padres de familia o tutores, y
VIII. Reconocer su experiencia, así como su vinculación y compromiso con la comunidad y el entorno en donde desarrolla su labor.
La propuesta señala que para ejercer la docencia en instituciones establecidas por el Estado en educación básica y media superior, las promociones en la función y en el servicio, así como para el otorgamiento de reconocimientos, se estará a lo dispuesto por Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros que establecerá los procesos correspondientes, los cuales serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales y considerarán los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para el aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos.
Además, dice que la formación inicial que imparten las escuelas normales deberá responder a la programación estratégica que realice el Sistema Educativo Nacional.
Sobre los planteles educativos
La propuesta advierte que “las autoridades en la materia, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán desarrollar la planeación financiera y administrativa que contribuya a optimizar los recursos en materia de espacios educativos al servicio del Sistema Educativo Nacional, realizando las previsiones necesarias para que los recursos económicos destinados para ese efecto, sean prioritarios, suficientes, oportunos y crecientes en términos reales de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, debiendo establecer las condiciones fiscales, presupuestales, administrativas y jurídicas para facilitar y fomentar la inversión en la materia. Asimismo, promoverán mecanismos para acceder a fuentes alternas de financiamiento conforme lo establezcan las disposiciones aplicables.”
También señala que para el mantenimiento de los muebles e inmuebles, así como los servicios e instalaciones necesarios para proporcionar los servicios educativos, concurrirán los gobiernos federales, estatales, municipales y, de manera voluntaria, madres y padres de familia o tutores y demás integrantes de la comunidad.
Del financiamiento a la educación
El Ejecutivo Federal y el gobierno de cada entidad federativa, con sujeción a las disposiciones de ingresos y gasto público correspondientes que resulten aplicables, concurrirán al financiamiento de la educación pública y de los servicios educativos. El monto anual en términos de la ley que el Estado destine al financiamiento en educación pública y en los servicios educativos garantizando la accesibilidad y la gratuidad en la educación, no podrá ser menor al equivalente del 8% del producto interno bruto del país. De este monto, se destinará al menos el 1% del producto interno bruto a la investigación científica y al desarrollo tecnológico en las Instituciones de Educación Superior Públicas. Todo lo anterior, con independencia de los montos que se destinen a los programas de becas y apoyos de bienestar social a los educandos.
Con esta ley, se abrogaría la Ley General de Educación publicada el 13 de julio de 1993 en el Diario Oficial de la Federación y se derogan todas las disposiciones contenidas en las leyes secundarias y quedan sin efectos los reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general contrarias a este Decreto.
Al mismo tiempo, se abrogaría la Ley General de Infraestructura Física Educativa publicada el 1 de febrero de 2008 en el Diario Oficial de la Federación y se derogan todas las disposiciones contenidas en las leyes secundarias y quedan sin efectos los reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general contrarias a este Decreto.
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