Sergio Martínez Dunstan
He escuchado diversas expresiones de algunos académicos, en lo individual o en lo colectivo, sobre el estado que guarda la implementación del Modelo Educativo para la educación obligatoria; la incertidumbre ante la llegada de un nuevo partido político al poder que, al parecer, aún no ha fijado posición al respecto; las declaraciones de Esteban Moctezuma Barragán (EMB), futuro Secretario de Educación, han sido poco claras; los pronunciamientos propios de los grupos inconformes arengando a sus simpatizantes en las manifestaciones públicas. ¡Va caer, va caer, el Modelo Educativo va caer!
La modificación, replanteamiento, renovación parcial o total del Modelo Educativo es también un acto legal regulado en el marco jurídico normativo sin estar sujeto a los intereses particulares aunque éstos hayan participado directa o indirectamente en su elaboración.
En las distintas iniciativas de ley tendientes a revertir los efectos de la reforma educativa presentadas por los diversos grupos parlamentarios en las Cámaras de Diputados y Senadores, sintéticamente, se propone, de una u otra manera la modificación del Artículo 3° Constitucional en los siguientes aspectos :
A).- Derogar el párrafo 3 así como el inciso d).- de la fracción II ambos relacionados con la calidad.
B).- Derogar la fracción III relativa al ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio educativo.
C).- Derogar la fracción IX alusiva al Sistema Nacional de Evaluación Educativa. Es decir, se pretende la desaparición del realidad son muchas otras aristas desde las cuales debiera abordarse las posibles modificaciones a la reforma educativa.
Recientemente, el Presidente Electo, en un mitin llevado a cabo en la Plaza de los Mártires en Toluca, Estado de México el pasado diez de octubre, preguntó a los asistentes: ¿quieren qué se les regrese la nómina a los estados o se le quede al gobierno federal?.
El Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE) es otra variable de la reforma educativa. López Obrador aclaró que tras la implementación de la reforma educativa la nómina magisterial pasó a manos del gobierno federal, por lo que se deberá elegir quien le pagará a los maestros y anunció una consulta para saber si debe administrar la nómina magisterial una autoridad educativa estatal (https://goo.gl/cLcNSX y https:// goo.gl/cLcNSX).
Días después, aseguró que no entregará la nómina de los maestros a la Coordinadora, a líderes sindicales según la exigencia de la CNTE. “Va a ser directo el pago, para que llegue el dinero a la gente” (https://goo.gl/ 4VbmgQ). Es decir, aunque se no “quede ni una coma” de la reforma educativa algunos de sus efectos colaterales se mantendrán como es el caso del FONE. Por otra parte, el Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGED) es un ingrediente más de la reforma educativa.
Éste permite, al Sistema Educativo Nacional, según refiere la propia autoridad educativa federal (https://goo.gl/ cLcNSX):
A).- Recabar, administrar, procesar y distribuir información relativa a alumnos, docentes y escuelas.
B).- Llevar a cabo la planeación, operación, administración y evaluación sistémica.
Otro eslabón de la reforma educativa es el Modelo Educativo para la educación obligatoria. Se compone de 5 ejes:
1.- Planteamiento curricular: Introduce el perfil de egreso para la educación obligatoria y focaliza el desarrollo de aprendizajes clave, aquéllos que contribuyen al desarrollo integral de los estudiantes y que le permiten aprender a lo largo de la vida. Las prácticas pedagógicas en el aula y el currículo son fundamentales para explicar esta formulación.
2.- La escuela al centro del sistema educativo. Se propone una reorganización que concibe a la escuela como unidad básica y sugiere transitar hacia un sistema educativo menos vertical a uno más horizontal. La expresión clave es la autonomía de gestión.
3.- Formación y desarrollo profesional de los maestros. Se traza el Servicio Profesional docente como un sistema de desarrollo profesional basado en el mérito así como el fortalecimiento de la formación inicial.
4.- Inclusión y Equidad. Se orienta a abatir las barreras para el acceso, la permanencia, el egreso y el aprendizaje de todos los estudiantes y que cuenten con oportunidades efectivas para el desarrollo de sus potencialidades. En una frase se resume este eje, educación inclusiva.
5.- Gobernanza del Sistema Educativo. Establece los principales mecanismos de participación de distintos actores y sectores de la sociedad en el proceso educativo y la coordinación entre ellos. Gobernanza efectiva es la pretensión.
Es importante destacar, que la fracción III del artículo tercero constitucional se compone de dos grandes ideas. La primera conectada con la evaluación obligatoria. Y, la otra, por lo que respecta a la atribución del Ejecutivo Federal sobre determinar los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la república con la finalidad de garantizar el cabal cumplimiento de los criterios orientadores de la educación (democrática, nacional, de calidad, etc.).
Lo anterior, es una parte muy importante de lo que comúnmente se le denomina rectoría de la educación. En tanto se deje de lado una posible enmienda a esta segunda idea de la fracción III el destino del Modelo Educativo, en lo general y en sus particularidades, depende del Ejecutivo Federal independientemente del procedimiento establecido: “considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia en los términos que la ley señale”. Mientras persista esta atribución los deseos de quienes pretenden o han expresado su interés por modificar el Modelo Educativo, no prosperarán.
La justificación del Modelo Educativo parte de la necesidad que exige la sociedad del conocimiento y a estas tres razones:
1.- Los aprendizajes de los estudiantes son deficientes;
2.- El currículum es extenso; y
3.- No se ha logrado la formación integral. EMB ha expresado sus simpatías, sino por el Modelo Educativo explícitamente, con algunos de sus postulados y si acaso ha señalado la importancia de agregar algunos elementos.
Sería interesante conocer los razonamientos de quienes apuestan por la “abrogación” del Modelo Educativo. Las peroratas de ¡va caer, va caer, el Modelo Educativo va caer! no prosperarán porque carecen de sustento legal. Si caer se refiere a diseñar e implementar otro modelo educativo en sustitución del actual, esta decisión le corresponde exclusivamente al Ejecutivo Federal en tanto continúe vigente el marco jurídico. Sólo al Congreso de la Unión le atañe retirarle esa atribución.
Se actualizaría, si acaso, de concretarse alguna de las iniciativas de ley. Con la salvedad de lo establecido en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Carpe diem quam minimun crédula postero