El Observatorio del Derecho a la Educación y la Justicia (ODEJ) es una plataforma para el pronunciamiento público, impulsado por el campo estratégico en modelos y políticas educativas del Sistema Universitario Jesuita (SUJ). Su propósito consiste en la construcción de un espacio de análisis informado y de posicionamiento crítico de las políticas y las reformas educativas en México y América Latina, arraigado en la realidad social acerca de las injusticias del sistema educativo, y recupera temas coyunturales y estructurales con relación a la agenda educativa vigente.
Dr. Juan Pablo Queupil
Centro de Investigación para la Educación Inclusiva
Ha comenzado el año 2018 y en Chile asumirá el próximo marzo un nuevo presidente. Como era de esperar, la política educativa estuvo presente en cada uno de los debates que precedió la elección de la centro-derecha, representada por Sebastián Piñera, quien va por su segundo mandato, luego de que su primer gobierno haya desbancado a la centro-izquierda, liderada por Michelle Bachelet. Curiosamente, esto se repite por segunda ocasión.
En los últimos 45 años, estos dos bandos políticos han estado demarcados por el hito histórico del golpe de Estado de 1973, encabezado por el ya fallecido General Pinochet, quien aún pareciera tener una presencia en varios asuntos nacionales, reflejada en la imposición de reformas en educación, salud, sistema de pensiones, e incluso en la constitución chilena, entre otros ámbitos de acción.
Dentro de este ambiente post-elecciones presidenciales y de cambio de gobierno, no es sorpresa que la educación siga siendo una temática en la primera línea de la política pública chilena. Es claro que existe un consenso sobre los beneficios de una sociedad más educada, trayendo consigo efectos positivos en la economía, aspectos culturales, en la movilidad social, entre otros, analizados ampliamente por la literatura. Sin embargo, el retorno a la democracia en Chile, en los inicios de los años ’90, cimentó a los bandos políticos mencionados con dos posturas y visiones de la educación, en una dicotomía que se ha mantenido por casi cinco décadas. Además, como efecto de todo lo anterior, cabe considerar que Chile es uno de los países con mayor inequidad y segregación social y educacional en el mundo (Valenzuela, Bellei & De Los Ríos, 2010), lo cual no se ha logrado sortear y más bien se ha incrementado.
Así, desde que la dictadura impuso un modelo neoliberal para la educación, como lo ha resumido Atria (2014), la dicotomía en Chile radica en entender la educación como un bien de mercado versus un derecho social. Si bien la presidenta Bachelet ha intentado llevar adelante un cambio de paradigma hacia esta última noción de cómo entender y comprender la educación, esto no está declarado de forma explícita en la Constitución chilena heredada por la dictadura, y lo que pareciera ser aún más anecdótico, el electo presidente ha expresado explícitamente su inclinación por lo primero, igualmente matizando su discurso ante su inminente segunda elección.
Por ello, llama la atención que aún no ha sido abordado apropiadamente el debate sobre qué entendemos por el derecho a la educación en Chile. Si bien esta es una frase que aparece en cada proyecto de ley dentro de la reforma educacional impulsada por la presidenta Bachelet, más bien pareciera ser concebida en términos de “un ideal” o una visión de algo deseable (al menos declarativamente), y no como algo garantizado para los ciudadanos chilenos. Tal vez el más optimista podría aseverar que, a través de diversos mecanismos o programas, es un anhelo de recuperar un derecho usurpado por la dictadura. Así, entre estos últimos esfuerzos destacan la Ley de Inclusión Escolar (Ley N°20845, 2015), la reciente ley del nuevo sistema de educación pública (Ley N°21040, 2017) y la gratuidad de la educación superior –hasta ahora sólo para los seis deciles más pobres de la población, y en instituciones acreditadas–. En este sentido, si consideramos sólo esta última iniciativa, estaríamos lejos de afirmar que la educación es un derecho universal, pues además debemos considerar que en Chile hay miles de personas endeudadas por décadas, tras haber obtenido créditos y préstamos para cursar sus estudios superiores. Paradójicamente, la educación superior era gratuita (no involucraba pago de aranceles) antes de la dictadura, igual que la mayor parte de la educación pública escolar.
El propio Atria (2014), abogado constitucionalista de profesión y ferviente militante de la izquierda chilena, ha asegurado que la educación tiene dos dimensiones:
Bajo la primera, educación es lo que se provee al ciudadano en cumplimiento de su derecho; se trata aquí de la educación como derecho social. La segunda dimensión de la educación se desprende del hecho que hay algo importante (público) en las instituciones que proveen educación y en la forma en que lo hacen (p. 125).
Se trata entonces de un debate que debiera incorporar la comprensión de qué se entiende por ciudadanía y de “lo público”. Incluso más, Atria destaca que, al contrario de la educación escolar, el caso de la educación superior en Chile debe ser tratado de forma diferente, considerando la autonomía que (todavía) gozan sus instituciones. Sobre todo si se tiene en cuenta que ésta podría variar a medida que se incremente la cantidad de universidades que reciben aportes públicos directos o indirectos, aspecto que todavía está en discusión en un actual proyecto de ley. En el ámbito internacional, RESULTS, ONG de Estados Unidos, creó un índice del derecho a la educación -Right to Education Index-, el cual es comparativo entre diversas naciones, donde Chile ocupa el último lugar, superado incluso por países como Zimbabwe o Tanzania en aspectos tales como gobernabilidad, disponibilidad, accesibilidad, aceptación y adaptabilidad.
A su vez, si se habla del derecho a la educación, no puede dejarse de lado su innegable valor público. Así, por ejemplo, diversos factores del tipo “no académico”, usualmente asociados con el rendimiento escolar, son aspectos transcendentales de la educación, tales como la formación de la ciudadanía, el clima escolar, la motivación y el compromiso con el aula y la escuela, entre otros. En las últimas décadas, diversos investigadores han afirmado que el valor público de la educación radica en que los factores mencionados desempeñan un rol importante para que los niños y jóvenes se desarrollen plenamente como ciudadanos críticos y sean actores relevantes en la sociedad. En la práctica, ésto implica pasar de una lógica donde prima el individualismo y los intereses de las personas como entes aislados, a una donde se prioricen la cooperación y los intereses comunes. Además, y por sobre todo, cambiar las políticas de focalización de recursos a ciertos grupos de la población a uno de universalismo que beneficie a la sociedad como un todo.
Lo anterior pareciera tener un vínculo con los paradigmas de los bandos políticos predominantes en Chile, pero siempre bajo un modelo neoliberal imperante en los últimos 45 años. Así, por ejemplo, este ha implicado que el Estado cumpla básicamente un rol subsidiario de la demanda por educación de acuerdo al status socio-económico de sus solicitantes. En otras palabras, los colegios reciben recursos económicos en base a la cantidad de estudiantes y de acuerdo al porcentaje de asistencia a clases del alumnado, generando una serie de incentivos perversos, afectando los factores académicos y no académicos del proceso de enseñanza-aprendizaje en el aula. Recientes leyes han tratado de corregir estas “fallas de mercado” con un prisma basado en el concepto de “inclusión”, prohibiendo, entre otras medidas, la discriminación arbitraria de la admisión de las escuelas través de la mencionada Ley N°20845. Así, se ha tenido que recurrir a corregir las reglas del mercado a través de un sinfín de normativas y regulaciones, en un marco donde no se logra conciliar el pleno derecho a la educación.
Se advierte entonces que el Estado chileno sigue cumpliendo un rol subsidiario, ayudando a los segmentos de la población con menores recursos, con regulaciones tales como la “gratuidad” en la educación superior, o hasta hace pocos años, la política de vouchers para que estudiantes asistieran a la educación privada-subvencionada. Lo anterior ha experimentado una eliminación paulatina, aspirando a que las familias de menos recursos matriculen a sus hijos e hijas a escuelas públicas sin pagar ni un solo peso. En el debate, esto ha sido entendido por la centro-derecha como una trasgresión flagrante del derecho a elegir la educación que quieren los padres para sus niños y niñas. Por su parte, la centro-izquierda argumenta que difícilmente una familia de bajos recursos socioeconómicos puede elegir una educación privada, asociada usualmente a altos estándares de calidad, pero que involucra un alto costo económico relacionado con pagos de matrícula y otros gastos asociados. Así, el país aspira a algo mayor que el propio derecho a la educación, expresado en el derecho a una educación de calidad, lo cual, como era de esperar, también se ha vuelto un anhelo que aparece en diversos proyectos de ley, discursos y promesas inocuas. Si a ello se le suma el ideal de lograr una educación equitativa e inclusiva (en su más amplio sentido de la palabra), estamos ante un cambio radical de paradigma, al menos en términos declarativos, y solo el tiempo dirá si efectivamente se lograrán estos y otro nobles objetivos y metas educacionales.
De hecho, en términos de educación primaria, secundaria y terciaria, destaca la amplia cobertura que se ha alcanzado a nivel nacional (Hernández, Arteaga, Hernández & Lagarda, 2017). Sin embargo, diversos estudios han mostrado que, en términos de calidad –puntajes en pruebas estandarizadas–, la distribución geográfica de colegios, vale decir, “oportunidades educativas”, está lejos de ser equitativa, y mucho menos cercana a la población vulnerable (Rodríguez, 2016).
Así, el debate sobre el derecho a la educación tiene varias aristas: políticas, sociales, técnicas, administrativas, pero sobre todo interpretativas, pues más allá de qué tipo de institución (pública o privada) es la que provee la educación en cierta localidad, no debe olvidarse que la educación tiene un valor intrínseco que contribuye a la comunidad en una serie de aspectos que son importantes para el colectivo social. De no abordarse primeramente este punto, el riesgo de no lograr una educación de calidad, gratuita, inclusiva y equitativa para todos puede incrementarse en proporciones tales, que puede mermar el futuro de varias generaciones de estudiantes. Es de esperar que en Chile el debate alcance la altura de miras necesaria para que el proyecto país en términos educativos sea realmente un derecho explícito y garantizado para cada uno de sus ciudadanos.
Referencias
Atria, F. (2014). Derechos sociales y educación: un nuevo paradigma de lo público. LOM Ediciones, Santiago, Chile.
Hernández, J. M. O., Arteaga, M. A. M., Hernández, P. M., & Lagarda, A. M. (2017). Análisis comparado de la cobertura de la educación superior en Corea del Sur y Chile: una reflexión para México. Perfiles Educativos, 39(155), 141-159.
Ley N° 20845. Diario Oficial de la República de Chile, Santiago, Chile, 29 de mayo de 2015.
Ley N° 21040. Diario Oficial de la República de Chile, Santiago, Chile, 16 de noviembre de 2017.
Rodríguez, P. (2016). La geografía de las oportunidades educativas: Determinando el acceso real de los estudiantes a establecimientos educacionales efectivos para generar políticas públicas que mejoren la provisión de educación de calidad. Proyecto FONIDE. Recuperado de https://centroestudios.mineduc.cl/
Valenzuela, J. P., Bellei, C., & De Los Ríos, D. (2010). Segregación Escolar en Chile. En ¿Fin de ciclo? Cambios en la gobernanza del sistema educativo. 209-229.