Miguel Casillas
Mucho ha avanzado el país con la promulgación de la Ley general de educación superior que impulsa la gratuidad y la ampliación del acceso a estos bienes culturales. También como resultado de esa Ley seguramente avanzaremos en la conformación de espacios libres de violencia, de igualdad entre géneros, de respeto y valoración de la diversidad.
La nueva Ley abre un horizonte promisorio de desarrollo para la educación superior, siempre y cuando, sus preceptos y objetivos se vuelvan una realidad. Ojalá y las políticas públicas que impulse el gobierno se orienten hacia estos objetivos y traten de diseñar estrategias y cursos de acción que superen la situación actual.
Sin embargo, no podemos abstraernos del presente y suponer que después de la pandemia no ha cambiado nada. Por el contrario, como resultado de los evidentes problemas, pero también de los avances y ventajas obtenidos, es que emerge una nueva agenda de derechos digitales para los universitarios que ayude a encuadrar el uso de las TIC en la educación superior con un sentido progresista.
Después de dos años de pandemia se amplió y masificó el uso de los recursos tecnológicos en la educación superior: las clases a la distancia y el uso de plataformas digitales para los seminarios, reuniones, congresos, presentaciones de avances, defensas de tesis y exámenes profesionales se volvieron familiares y parte de la vida cotidiana. Se fortalecieron los repositorios y se amplió la capacidad de acceso a libros y revistas en formato digital; desaparecieron las antologías en fotocopias y las bibliografías son accesibles de modo integral en formatos pdf. Además de los recursos convencionales, se amplió el acceso a conferencias, videos, tutoriales y una amplia gama de recursos educativos virtuales. Muchos profesores han preparado videos, ejercicios y actividades de aprendizaje para sus alumnos y los han subido a distintas plataformas. De manera cotidiana se aplican formularios electrónicos, se realizan evaluaciones y se aplican exámenes en formatos digitales, y de modo presencial, pero a la distancia a través de videoconferencias. Todos los profesores y estudiantes hemos dejado de compartir documentos en papel y utilizamos documentos y compartimos archivos digitales para tareas, ejercicios, avances de investigación y tesis. La comunicación cotidiana entre profesores, entre estudiantes, y entre profesores y estudiantes se realiza a través de dispositivos electrónicos y en plataformas y redes sociales. En cada clase hay un grupo de WhatsApp y se usa de modo frecuente Facebook como herramienta. Por su parte, la gestión y la administración se ha transformado, los procesos y procedimientos se han automatizado y luego digitalizado. En cuanto al gobierno hubo avances relativos a la apertura y publicidad de las sesiones de los órganos colegiados, a la transparencia y la ampliación de los espacios virtuales de participación de la comunidad en la gestión. Durante la pandemia, la divulgación y comunicación científica y académica sobrevivió y fue accesible sólo en los formatos electrónicos. La difusión cultural y las actividades artísticas adoptaron un formato digital.
Ya antes de la pandemia era evidente que en el contexto universitario actual es imposible sustraerse a tres dinámicas entrelazadas: el despliegue de la cultura digital, el uso masivo de dispositivos electrónicos, y la explosión de software disciplinario que experimentan los campos de conocimiento. Después de la pandemia es todavía más difícil sustraernos a esa dinámica y suponer que en el mundo habrá involución.
Precisamente en ese contexto, es que teniendo como fuente de inspiración la consulta a la ciudadanía que se desarrolla en España (https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/actividades/Documents/2021/140721-Carta_Derechos_Digitales_RedEs.pdf) es que puede emerger un listado inicial de derechos digitales que habríamos de exigir los universitarios en México. En principio enunciamos al menos cuatro ejes principales:
Derechos de libertad. Derechos y libertades en el entorno digital, a la identidad, a la protección de datos, al pseudonimato, el derecho de la persona a no ser localizada y perfilada, el derecho a la ciberseguridad, garantizar la libertad de creación y el derecho de acceso a la cultura en el entorno digital
Derechos de igualdad. Derecho a la igualdad y a la no discriminación en el entorno digital, el derecho de acceso a Internet.
Derechos de participación en la vida universitaria. Derecho a la neutralidad de Internet, garantizar el derecho a la libertad de expresión y libertad de información, el derecho a recibir libremente información veraz, el derecho a la participación universitaria por medios digitales , el derecho a la educación digital, los derechos digitales de los universitarios en sus relaciones con la administración universitaria.
Derechos laborales. Derechos en el ámbito laboral de profesores y trabajadores
Habremos de precisar el contenido y el sentido específico de cada uno de estos derechos, pero en su conjunto expresan un horizonte de reivindicaciones que los universitarios podemos ir construyendo para trabajar en el entorno digital. Es ésta una tarea colectiva y un ejercicio que sólo puede integrarse con la más amplia participación de profesores y estudiantes.